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ADMITE CAUTELAR CONTRA DNU QUE DECLARA COMO SERVICIOS PÚBLICOS ESENCIALES A INTERNET, TELEVISIÓN POR CABLE Y TELEFONÍA MÓVIL

Ricardo Bustos Fierro aceptó el pedido de TV Cable Color S.A.

ADMITE CAUTELAR CONTRA DNU QUE DECLARA COMO SERVICIOS PÚBLICOS ESENCIALES A INTERNET, TELEVISIÓN POR CABLE Y TELEFONÍA MÓVIL

Por PPV

El juez Federal 1, de la ciudad de Córdoba, Ricardo Bustos Fierro, a partir de la presentación realizada por la empresa TV Cable Color S.A., admitió la medida cautelar contra del DNU 690/20 que, por intermedio del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom), declara servicios públicos esenciales y además regula los valores de las prestaciones de internet, televisión por cable y telefonía móvil.

El fallo alcanza únicamente a la empresa accionante – de la localidad Villa del Rosario (15.394 habitantes en 2010) y con 1.000 abonados- y en ese sentido ordena al Poder Ejecutivo Nacional y al Enacom, a «abstenerse de emitir acto alguno» en el marco del DNU 690/20 «hasta tanto se dicte sentencia definitiva».

«Al declarar una actividad como servicio público, se sustrae a ésta del régimen de competencia y se la involucra en un régimen jurídico que depende de la exclusiva titularidad del Estado», consideró el juez en la resolución.

Bajo ese contexto añade: «no cabe duda que de este modo se limita el ejercicio del derecho constitucional de ejercer industria lícita, limitación que requiere el dictado de una ley formal emitida por el Congreso de la Nación, no pudiendo serlo por acto administrativo alguno».

Los dirigentes de la Asociación Argentina de Televisión por Cable (ATVC), mediante un comunicado, se manifestaron conformes con la resolución judicial y afirmaron: «La situación de nuestra industria empeoró con el dictado de la Resolución 1466 de diciembre pasado, que únicamente autorizó un aumentos entre el 5% y el 8%».

Asimismo agregó: «La intervención estatal y el consecuente atraso en los precios, sumado al significativo aumento de los costos, muchos de ellos dolarizados, implican una disminución muy significativa de la generación de ingresos».

De esta manera, el holding de Clarín obtiene un antecedente favorable luego de que varias empresas de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) procuraron revertir el DNU 690 ante diversos juzgados del país sin éxito, tal y como fue el caso de Telecom al que el juez en lo Contencioso Administrativo Federal Walter Lara le rechazó un amparo el pasado 29 de enero.

El vicepresidente del Enacom, Gustavo López, afirmó: “Lo que dice el comunicado de la ATVC es falso porque, por un lado, es solo una empresa de cable que no presta otro servicio; segundo, el amparo solo es para quien lo presenta y no tiene efecto sobre los demás; y tercero, el fallo es un disparate porque además declara inconstitucional la Ley 26.854”.

Cabe destacar que Bustos Fierro consiguió 5 años extras para ejerce el cargo de juez gracias al decreto firmado por el ex ministro de Justicia y Derechos Humanos de la Nación Argentina, German Garavano en 2018.

También subrayar que pymes y cooperativas que brindan servicios de telecomunicaciones fueron autorizadas a elevar las tarifas. En enero, se había autorizado una suba del 5% a todo el sector y del 8%, para pymes y cooperativas.

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