MOVILIDAD JUBILATORIA: ¿CUÁLES SON LOS BENEFICIOS DE LA NUEVA FÓRMULA?

Camino a la sanción en diputados

MOVILIDAD JUBILATORIA: ¿CUÁLES SON LOS BENEFICIOS DE LA NUEVA FÓRMULA?

Por Revista PPV

El próximo martes 29 de diciembre, el proyecto que define una nueva fórmula de movilidad de la Seguridad Social será debatido en la Cámara de Diputados de la Nación.

La iniciativa, que ya se aprobó en el Senado, combina en un 50% la recaudación de la ANSeS y en otro 50% la evolución salarial, surgida de la que resulte más alta entre las medidas por el INDEC y por el Ministerio de Trabajo (índice RIPTE). Para la recaudación impositiva la medición consiste en la diferencia registrada entre un período y el otro de los impuestos con destino al sistema previsional.

La nueva fórmula debe garantizar, entre otros puntos, que los haberes crezcan en términos reales y, asimismo, recuperen paulatinamente los 20 puntos que perdieron bajo el gobierno de Mauricio Macri.

Además, la actualización se realizará cada tres meses: marzo, junio, septiembre y diciembre.

En el día de ayer se realizó una conferencia de prensa en la que participaron Florencia Lampreabe, Vicepresidenta segunda de la Comisión de Previsión y Seguridad Social; Miguel Fernández Pastor, Abogado Especialista en Seguridad Social, y el economista Fernando Ausas.

El primero en tomar la palabra fue Ausas, quien señaló: «Hay una necesidad y hace a la justicia social y a los objetivos de nuestro proyecto político de recuperar los ingresos reales, no sólo porque corresponde, sino por la necesidad de revitalizar el ciclo económico y de que se recupere el poder adquisitivo de la masa prestacional de jubilaciones y pensiones».

La movilidad debe tener la eficacia suficiente para armonizar el sistema. En este sentido, la propuesta es una versión mejorada de la que fue aplicada entre 2009 y 2017.

Al respecto, Miguel Fernández Pastor indicó: «Para que tengamos una idea de la importancia de esto, la fórmula de movilidad que empleó Amado Boudou -ex presidente de la Nación-  y que puso en práctica -la entonces presidenta-  Cristina Fernandez de Kirchner, empezó a regir el primero de enero de 2009 y hasta diciembre de 2015, el ingreso real de los beneficiarios de la seguridad social creció un 34,2%».

Por su parte, la diputada Florencia Lampreabe desmintió las afirmaciones que parten desde la oposición: “Hablan de la opacidad de la fórmula y afirman que es difícil de calcular, y son todos argumentos endebles e insólitos, no solo porque es una fórmula que operó sin problemas durante 9 años, sino que además la información es totalmente pública.

Además, Lampreabe señaló: «Dicen que la recaudación tributaria de la ANSES no es un dato de público conocimiento y no es así, porque además de que existe la Auditoria General de la Nación, no hay antecedentes de falsificación en la actualización en la fórmula que estuvo vigente durante 9 años.

«Nos acusan de lo que ellos han representado cuando han tenido la posibilidad de gobernar: tanto la idea del ajuste como la idea de de opacidad”, manifestó la diputada.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación sostiene que la movilidad, si bien cumple con el objetivo de neutralizar los efectos negativos de los procesos inflacionarios, no debe vincularse estricta y necesariamente con los índices de la inflación (conforme fallo “Badaro” del 08/08/2006, considerando 14).

Por su parte, la Dirección de Estudios de la Seguridad Social del ANSES hizo una simulación que se puede ver en los siguientes dos gráficos.

En la primera se puede observar el poder adquisitivo comparado de la fórmula con sanción en 2008 y el que hubiera resultado de aplicar la fórmula de Macri. Tomando como base 100 el poder adquisitivo del haber en diciembre de 2008, la fórmula que el Gobierno actual se propone mejorar, mientras estuvo vigente siempre operó en valores sobre la cota de base 100 y terminó en diciembre de 2017 con casi 26 puntos de incremento real.

La Comisión de Previsión y Seguridad Social se reunió hoy nuevamente desde las 10 de la mañana para proceder a la firma presencial del dictamen, ya que la modalidad remota no se encuentra vigente para ese trámite.