Portada. Prórroga presupuesto 2023

MILEI PRORROGA EL PRESUPUESTO 2023 POR SEGUNDA VEZ

Auto-regalo de fin de año

Portada. Prórroga presupuesto 2023

MILEI PRORROGA EL PRESUPUESTO 2023 POR SEGUNDA VEZ

Por PPV

Por medio del decreto 1131/2024 publicado ayer lunes 30 de diciembre en el Boletín Oficial, el Gobierno Nacional volvió a prorrogar el Presupuesto 2023 aprobado durante el gobierno de Alberto Fernández. Lo mismo sucedió apenas asumió la gestión de Javier Milei y que le permitió gobernar a discreción durante el 2024.

Si bien el presidente de la Nación había expresado su intención de que el presupuesto 2025 pasara por el Congreso, decidió prorrogar el del 2023 basado en la seguridad que no iba a atravesar la Cámara Legislativa sin modificaciones.

“A partir del 1° de enero de 2025 en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, las disposiciones de la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, sus normas modificatorias y complementarias, vigente conforme el citado artículo 27, en los términos del Decreto N° 88 del 26 de diciembre de 2023”, establece el Decreto.

Para el titular del Cepa, el Magister en Economía, Hernán Lechter “Esta decisión no tiene precedentes en democracia: nunca un Ejecutivo se negó sistemáticamente a tener un presupuesto votado por el Congreso ¿El resultado? Mayor discrecionalidad y menos control. De los $117,6 billones del presupuesto 2025, sólo $39,9 billones tenían partida en Presupuesto vigente 2023. En 2024 pudo ejecutar a libre albedrío $56,1 billones y podrá usar libremente en 2025 $21,6 billones más. Es decir, $77,7 billones sobre $117,6 billones definidos arbitrariamente: casi 70% de las partidas”, señala desde su cuenta de X.

Y agrega “Vale recordar que la Ley de Administración Financiera establece que “Si al inicio del ejercicio financiero no se encontrare aprobado el presupuesto general, regir el que estuvo en vigencia el año anterior, … ” (art. 27) y que «en caso de operarse el supuesto previsto en el presente artículo, se faculta al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS para adecuar el Presupuesto General de la Nación…” (art. 56 de la Ley Nº 25.725).”

A la vez que se pregunta: “¿Qué pierde el gobierno sin la aprobación del Presupuesto?  La regla fiscal, que establecía el ajuste automático de partidas si no alcanzaba la plata. Esta regla era básicamente un mensaje a los mercados. Milei pudo prescindir de ese mensaje porque lo transmitió de otra forma: moliendo a palos a los jubilados que reclamaban por la recuperación de su magra jubilación, de tan sólo $13.000.

“ARTÍCULO 1°.- Establécese como regla fiscal, que el Sector Público Nacional deberá obtener a partir del ejercicio 2025 y en todos los ejercicios subsiguientes, un resultado financiero equilibrado o superavitario. La presente Regla Fiscal implica que frente a cualquier desvío en los ingresos proyectados que afecten negativamente el equilibrio financiero, los gastos deberán, como mínimo, recortarse en la misma proporción. Para ello, las partidas no sujetas a un monto de ejecución mínimo previsto legalmente, deberán ser recortadas en la proporción necesaria a fin de reestablecer el referido equilibrio financiero.”

“Esta maniobra es un símbolo del plan de Milei: achicar el Estado, concentrar el poder y evitar el debate democrático”, concluye Lechter.